Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1629/2005-R
Fecha: 13-Dic-2005
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Por lo expuesto, plantea recurso de hábeas corpus contra Jacinto Morón Sánchez, Teresa Lourdes Ardaya Pérez, Sergio Cardona Chávez, María Dolores Olmos Ortiz, Vocales de la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, Juez Séptimo de Instrucción cautelar y Fiscal de la FELCN, respectivamente, solicitando sea declarado procedente y se ordene la inmediata libertad de su representado.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- 1)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- deberá fundamentar en derecho la decisión de aplicar la medida cautelar de carácter personal, pues tomando en cuenta que uno de los principios fundamentales inherentes al Estado Democrático de Derecho es la motivación de las decisiones de las autoridades públicas, el juez está obligado a expresar los motivos de hecho y de derecho en que se basa su convicción determinativa de la concurrencia de los requisitos, así como el valor otorgado a los medios de prueba
- III.5.
- 2º