SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1680/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1680/2005-R

Fecha: 19-Dic-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En el memorial presentado el 30 de marzo de 2005 (fs. 68 a 93 vta.), el recurrente afirma que el 13 de abril de 2004 formuló denuncia contra el Banco de Crédito de Bolivia S.A. por delitos previstos y sancionados en los arts. 185 bis, 363 bis, 333, 335, 345, 346, 199, 200 y 203 del Código penal (CP), signada con el 1027/04 y asignada al Fiscal de Materia, Moisés Kestenbaum Gamarra, ahora recurrido, quien rechazó la denuncia sin ninguna fundamentación sobre la base del informe de la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras y lo sostenido por el perito de que no había anomalía contable, por lo que ejerciendo el derecho que le reconoce el art. 214 del Código de procedimiento penal (CPP) mediante memorial de 17 de enero de 2004 solicitó ampliaciones, aclaraciones y explicaciones, que nunca fueron puestas en conocimiento del perito, quedando en nada sus garantías procesales que le permiten objetar, cuestionar y pedir ampliaciones del peritaje, ocurriendo lo mismo con las objeciones formuladas al informe de la Superintendencia, por lo que dicho rechazo fue impugnado de su parte haciendo constar claramente que el Fiscal de Materia sustentó su rechazo en el informe pericial, no ordenó a perito a que absuelva las observaciones que realizó al peritaje además del hecho de que el informe de la Superintendencia de Bancos tenía afirmaciones carentes de sustento, en cuya virtud se apersonó ante la Fiscalía de Distrito reiterando su solicitud de que se ordene al perito conforme al art. 214 del CPP, absuelva las observaciones que efectuó a su peritaje, sin embargo el Fiscal de Distrito sin realizar un análisis y valoración de su impugnación a la Resolución de rechazo ratificó ilegalmente el mismo.

Asimismo, dirige el recurso de amparo contra Efraín Camacho Ugarte, Intendente General de la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras (SBEF), arguyendo que el mismo omitió indebidamente entregar toda la información ordenada por el Juez Segundo de Partido en lo Civil, en el juicio ordinario seguido por la referida Superintendencia contra el Banco de Crédito-La Paz y que fuera requerida por el Fiscal de Materia recurrido, Moisés Kestenbaum Gamarra.