SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1680/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1680/2005-R

Fecha: 19-Dic-2005

I.1.3.  Admisión del recurso

Mediante Auto de 12 de abril de 2005, el Tribunal de amparo admitió el recurso interpuesto por el recurrente contra los representantes del Ministerio Público señalando audiencia para horas 10:00 del subsiguiente día hábil de su legal citación. En cuanto al recurso de amparo interpuesto contra el Intendente General de la Superintendencia, Efraín Camacho Ugarte, siguiendo la línea jurisprudencial sentada por el Tribunal Constitucional en la SC 333/2004-R, de 10 de marzo, que tiene carácter obligatorio y vinculante dispuso que el recurrente interponga el amparo “ante autoridad competente del lugar del domicilio en el que ejerce funciones la autoridad recurrida o del lugar donde eventualmente se produjo la violación o la amenaza a derechos fundamentales” (sic).