Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0164/2005-R
Fecha: 28-Feb-2005
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Por lo anotado, interpone recurso de amparo constitucional contra Ramiro Claros Rojas y Edgar Terrazas Melgar, vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Santa Cruz, solicitando sea declarado procedente, “se revoque” de forma total el Auto de Vista de 15 de abril de 2004 y se ordene la remisión del proceso 637/03 “al Tribunal Arbitral ya constituido (juez natural) que es el tribunal constituido por el Sr. Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial” (sic) de Santa Cruz, con costas.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III.1.
- y a través del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara Nacional de Comercio y de acuerdo a su reglamento;
- III.3.
- III.4.
- cuando la parte recurrente ha utilizado todos los medios y recursos idóneos, en principio ante la misma autoridad que incurrió en la lesión al derecho o garantía fundamental y; luego ante las superiores a ésta
- APRUEBA