SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0002/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0002/2005

Fecha: 09-Mar-2005

II.6.

II.6.     Por Sentencia de 6 de julio de 2004, pronunciada en el proceso ordinario referido en el apartado II.1 de la presente Resolución, el Juez Séptimo de Partido en lo Civil de la Capital, declaró probada la demanda incoada e improbada la reconvención, por tanto resuelto el contrato privado de transferencia de la propiedad rústica demandada de 23 de noviembre de 1993 (fs. 107 a 109). Resolución apelada el 30 de septiembre de 2004, por los personeros de la Cooperativa Agropecuaria “Villa Barrientos Ltda.” (fs. 195 y 196 del expediente ordinario). Por memorial de 22 de octubre (fs. 199 a 202 del exp. ordinario) Edwin Loureiro se adhirió a la apelación aludida, que fue concedida mediante Auto 918 de 27 de diciembre de 2004 (fs. 206 -exp. ordinario-).