SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0191/2005- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0191/2005- R

Fecha: 08-Mar-2005

improcedente

Concluida la audiencia, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Chuquisaca declaró improcedente el presente recurso con costas y sin multa por ser excusable, en base a los fundamentos siguientes: a) el recurso de amparo constitucional tiene la particularidad especial de estar regulado por el principio de inmediatez, dado que el mismo constituye el medio legal más idóneo de defensa pronta y efectiva del derecho vulnerado o amenazado; b) las resoluciones en las que supuestamente se hubiesen violado derechos del recurrente al debido proceso y al principio de irretroactividad de la Ley, fueron pronunciados hace más de un año de la interposición del presente recurso, razón por la que no se ingresa al análisis y valoración de los actos jurisdiccionales acusados de violatorios.