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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0029/2005
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0029/2005

    Fecha: 28-Abr-2005

    I.1.2. Trámite Procesal del Incidente y Resolución del Tribunal

    Por  Auto de 18 de enero de 2005,  que cursa a fs. 11 y vta., el Tribunal Primero de Sentencia de la Capital del Distrito Judicial de Cochabamba rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, disponiendo en consecuencia que en el día se eleve en consulta ante el Tribunal Constitucional, remisión efectuada por oficio de 19 de enero de 2004 (fs. 12).

    • recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
    • I.1.1. Relación Sintética del recurso
    • I.1.2. Trámite Procesal del Incidente y Resolución del Tribunal
    • I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • I.3. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
    • II.1.
    • II.2.
    • Este artículo comprende toda conducta contemplada en la definición de tráfico dada en el inciso m) del artículo 33 de esta Ley
    • seguridad
    • Gabriel García Castillo,
    • III.1.
    • III.2.
    • III.2.1.En cuanto al art. 7 inc. a) de la CPE.
    • comprende toda conducta contemplada en la definición de tráfico dada en el inciso m) del artículo 33 de esa ley
    • III.2.2.En cuanto al art. 16.II y IV de la CPE.
    • comprende toda conducta contemplada en la definición de tráfico dada en el inciso m) del art. 33 de esa ley”
    • III.3.
    • III.4.
    • INFUNDADO

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