SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0029/2005
Fecha: 28-Abr-2005
III.2.
III.2. En el caso que se examina, dentro de la tramitación del proceso penal por supuestos ilícitos vinculados al narcotráfico seguido por el Ministerio Público contra Gabriel García Castillo, el imputado solicitó a las autoridades judiciales promuevan el presente recurso, por cuanto considera que el art. 48 parte in fine de la L1008 es contrario a las previsiones contenidas en los arts. 7 inc. a) y 16.II y IV de la CPE; por lo que ante dicha solicitud, el Tribunal Primero de Sentencia de Cochabamba promovió el mismo antes de dictar Sentencia. En consecuencia, corresponde analizar si la norma demandada de inconstitucional vulnera los preceptos constitucionales señalados, a cuyo fin se deben realizar las siguientes consideraciones:
- recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- I.1.1. Relación Sintética del recurso
- I.1.2. Trámite Procesal del Incidente y Resolución del Tribunal
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- I.3. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
- II.1.
- II.2.
- Este artículo comprende toda conducta contemplada en la definición de tráfico dada en el inciso m) del artículo 33 de esta Ley
- seguridad
- Gabriel García Castillo,
- III.1.
- III.2.
- III.2.1.En cuanto al art. 7 inc. a) de la CPE.
- comprende toda conducta contemplada en la definición de tráfico dada en el inciso m) del artículo 33 de esa ley
- III.2.2.En cuanto al art. 16.II y IV de la CPE.
- comprende toda conducta contemplada en la definición de tráfico dada en el inciso m) del art. 33 de esa ley”
- III.3.
- III.4.
- INFUNDADO