Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0351/2005-R
Fecha: 12-Abr-2005
a todo el personal sin exclusión alguna,
El Reglamento de Procesos Informativos, en su art. 2 dispone su aplicación a todo el personal sin exclusión alguna, al directivo y docente, al administrativo y al estudiantil, de la Universidad. El art. 4 inc. d) manifiesta que serán procesados los miembros del plantel directivo y docente por trasgresión de disposiciones estatutarias, de Reglamentos o de resoluciones especiales.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el recurrente previamente agote los medios ordinarios
- III.2.
- Fragmento 16
- son responsables individual y colectivamente, de los actos que pudieran cometer y atenten contra la autonomía
- a todo el personal sin exclusión alguna,
- III.3.
- III.4.
- si bien
- No es menos evidente
- APRUEBA