Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0351/2005-R
Fecha: 12-Abr-2005
II.2.
II.2. El 21 de septiembre de 2004 (fs. 179 y 180), en oficinas de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Oruro, el Rector de la UTO, y dirigentes de la FUL, COD, Federación de Comerciantes Minoristas, “Comité Cívico Popular”, asociación de padres de familia, suscribieron un Acta de Entendimiento, para viabilizar la convocatoria a Consejo Universitario con participación de las mencionadas organizaciones, y como “tareas previas” convinieron que el Consejo tome las medidas allí señaladas, entre las que se encuentra la derogación del régimen de titularía docente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el recurrente previamente agote los medios ordinarios
- III.2.
- Fragmento 16
- son responsables individual y colectivamente, de los actos que pudieran cometer y atenten contra la autonomía
- a todo el personal sin exclusión alguna,
- III.3.
- III.4.
- si bien
- No es menos evidente
- APRUEBA