SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0495/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0495/2005-R

Fecha: 10-May-2005

II.4.

II.4. En ejecución de Sentencia, a través del memorial presentado el 12 de agosto de 2003 Gustavo Andree Santa Cruz, en representación de Nelly Minaya de Andree opuso incidente de nulidad de obrados y, a la vez interpuso recurso de apelación contra la Sentencia, alegando que su mandante era propietaria del inmueble sito en la av. Cívica esquina calle 7 según escritura 12/74, de 1 de febrero, registrada en derechos reales bajo la partida 01026795 que ocupaba Hilda Minaya Vda. de Careaga; asimismo hizo referencia a que el actor conocía el domicilio de su poderdante puesto formuló denuncia por el delito de allanamiento y amenazas ante la PTJ, donde la referida se apersonó e hizo las aclaraciones correspondientes (fs. 94 a 95; ); en cuyo mérito, por Auto de 20 de agosto de 2003, se abrió término de prueba de seis días en el trámite del incidente planteado (fs. 100 vta.).

        El 11 de septiembre de 2003, Hilda Minaya Vda. de Careaga (demandada en el proceso interdicto) se apersonó al proceso purgando multa por rebeldía, pidiendo se le hagan conocer ulteriores actuados y alegando que no era evidente que el demandante desconociera su domicilio por lo que la citación con la demanda interdicta debió practicarse en su domicilio y no mediante edicto, solicitando en consecuencia la nulidad de obrados y alternativamente se le conceda apelación contra la Sentencia (fs. 198), en cuya virtud el Juez de la causa por decreto de 12 de septiembre de 2003 teniendo por apersonada a Hilda Minaya Vda. de Careaga dispuso que ulteriores diligencias se entiendan con la referida, corriendo en  traslado a la parte contraria su solicitud (fs. 199).