Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0525/2005- R
Fecha: 13-May-2005
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
Con esos antecedentes plantea recurso de amparo constitucional contra René Jaime Conde Andrade, Juez Segundo de Instrucción en lo Penal de Cobija, solicitando sea declarado procedente, en consecuencia, se deje efecto la providencia de 12 de octubre de 2004 y se ordene se proceda a la legal notificación del imputado con la Resolución que dispone la medida cautelar de detención preventiva.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acredite debidamente su legitimación activa, es decir, que demuestre que los efectos del acto ilegal o indebido que denuncia recayeron directamente en un derecho fundamental suyo, o que la persona agraviada otorgue poder expreso para que otra actúe en su nombre
- III.2.
- proceso penal
- REVOCA