Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0525/2005- R
Fecha: 13-May-2005
II.5.
II.5. Según la certificación firmada por la abogada Sonia Montero Rocha, ésta asistió a la audiencia pública de medidas cautelares verificada el 8 de octubre de 2004 a horas 16:30, a solicitud expresa de la Defensa Pública, sólo para ese acto, previa aceptación del imputado Sebastián Maya Oliveira y con conocimiento del Juez cautelar (fs. 7).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acredite debidamente su legitimación activa, es decir, que demuestre que los efectos del acto ilegal o indebido que denuncia recayeron directamente en un derecho fundamental suyo, o que la persona agraviada otorgue poder expreso para que otra actúe en su nombre
- III.2.
- proceso penal
- REVOCA