Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0525/2005- R
Fecha: 13-May-2005
II.1.
II.1. El 7 de octubre de 2004, el Ministerio Público dio aviso del inicio de la investigación y formuló imputación formal contra Sebastián Maya Oliveira, por la supuesta comisión del delitos de amenazas, asimismo solicitó la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva (fs. 2-3); en conocimiento del Juez Segundo de Instrucción en lo Penal -ahora recurrido- éste pronunció el Auto de 8 del mismo mes y año, teniendo presente el aviso de inicio de la investigación y la imputación formal, señaló audiencia pública para ese mismo día a horas 16:30 (fs. 3).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acredite debidamente su legitimación activa, es decir, que demuestre que los efectos del acto ilegal o indebido que denuncia recayeron directamente en un derecho fundamental suyo, o que la persona agraviada otorgue poder expreso para que otra actúe en su nombre
- III.2.
- proceso penal
- REVOCA