SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0036/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0036/2005

Fecha: 16-Jun-2005

Fragmento 13

  Por otra parte, debe tomarse en cuenta que en la misma SC 101/2004, al realizar el juicio de constitucionalidad sobre la Ley 2683 -entonces impugnada de inconstitucional-, además de desarrollar los principios de legalidad y favorabilidad atinentes al caso, lo hizo con referencia al derecho a la conclusión de los procesos en un plazo razonable, explicando que “si bien nuestra Constitución no establece de manera expresa el derecho fundamental del imputado a la conclusión del proceso penal dentro de un plazo razonable, de manera implícita lo consagra al proclamar en forma genérica que la `celeridad´ es una de las `…condiciones esenciales de la administración de justicia´, entendimiento que se extrae del contenido del art. 116.X Constitucional”, y estableciendo el sentido de este derecho en la visión de que el imputado ”pueda definir su situación ante la ley y la sociedad dentro del tiempo más corto posible, desde un punto de vista razonable; poniendo fin a la situación de incertidumbre que genera todo juicio, y la amenaza siempre latente a su libertad que todo proceso penal representa”.