SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0036/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0036/2005

Fecha: 16-Jun-2005

III.2.

III.2.   Cabe también señalar que este Tribunal Constitucional -en cuanto a la extinción de la acción penal tramitados en el anterior régimen-, al examinar y declarar la inconstitucionalidad de la Ley 2683, de 12 de mayo de 2004, que ampliaba hasta la conclusión de las causas el plazo fijado de cinco años para la duración de los procesos penales que está previsto en la Disposición Transitoria Tercera del nuevo Código de procedimiento penal, estableció que: “el efecto inmediato de la declaratoria de extinción de la acción penal es la pérdida por parte del Estado de su potestad punitiva; lo que implica que el proceso ya no puede desarrollarse más, extinguiéndose el ejercicio  del  ius  puniendi  del  Estado”. (SC 0101/2004, de 14 de septiembre).