SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0659/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0659/2005-R

Fecha: 14-Jun-2005

II.4.

II.4.  Por providencia de 11 de agosto de 2004, el Juez Primero de Sentencia recurrido, dispuso el ingreso de la causa y la notificación de las partes (fs. 13), a lo que el Oficial de Notificaciones, elevó la representación de 2 de septiembre, en sentido de no haber sido habidos los recurrentes y de no conocerse el número exacto de sus domicilios (fs. 16). Mediante providencia de 1 de octubre de 2004, el Juez recurrido, repuso obrados disponiendo que previamente el querellante aclare la autoridad a la que dirige su querella y acusación (fs. 17 vta.), presentando el querellante memorial de subsanación indicando que la acusación la presenta al Juzgado Primero de Sentencia, ratificando su querella y acusación (fs. 18).