SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0697/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0697/2005-R

Fecha: 21-Jun-2005

III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente solicita tutela de la dignidad humana, de los derechos a la seguridad y a la petición, a la garantía de prohibición de violencia moral, y al derecho a un justo ascenso, consagrados en los arts. 6, 7 incs. a), h), 12 y 32 de la CPE, 8 y 10 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que considera fueron vulnerados, pues mediante Resolución 213/2004 se declaró nulo el memorando 2019/2002, de 1 de agosto, quedando por tanto nula la sanción de cuatro días de arresto que se le impuso mediante el citado instrumento, así como el proceso disciplinario que se le siguió por supuesto incumplimiento a esa sanción, debiendo por ello ser rehabilitado en sus derechos institucionales; empero, el recurrido David Aramayo Araóz negó dar cumplimiento a la Resolución 213/2004, perjudicando sus posibilidades de ascenso en la institución Policial. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.