SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0704/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0704/2005-R

Fecha: 22-Jun-2005

i)

Los recurrentes a través de su abogado, ratificaron y reiteraron su demanda y con la réplica señalaron lo que sigue: i) la observación de la autoridad recurrida sobre la numeración del título ejecutorial es extemporánea porque debió darse a tiempo de admitirse la demanda; ii) tampoco correspondía la observación de la personería de los recurrentes, pues el art. 171 de la CPE y la Ley de Participación Popular  reconocen la personería de las comunidades originarias; iii) la Universidad fue notificada, incluso tomó fotocopias del proceso.