SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0743/2005-R
Fecha: 29-Jun-2005
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
Los recurrentes ratificaron su recurso y lo ampliaron indicando que la Unidad de Tránsito envió el vehículo siniestrado al garaje particular del recurrido, ocasionando que este último pretenda cobrarles por trabajos no realizados, y pese a su notificación con el memorando de la Unidad de Tránsito y de una nota oficial, no recibieron respuesta y menos lograron la devolución del vehículo durante más de un mes, so pretexto que deben cancelar lo adeudado, cuando la Unidad Operativa de Tránsito debió garantizarles su entrega, respaldada con orden fiscal. Concluyeron indicando que si el recurrido cree tener alguna relación con ellos, que acuda a la vía civil para el cobro del servicio a fin de que el órgano jurisdiccional determine si corresponde o no su pago.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la persona recurrida
- improcedente
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- si pese a esa omisión se admite el recurso, ese defecto dará lugar a su improcedencia
- lesione la garantía o el derecho fundamental invocado
- hechos
- mínima fundamentación exige una relación clara de causalidad entre ambos y no el relato de los hechos y la indicación de los derechos
- la causa de pedir”
- III.2.
- APROBAR