SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0743/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0743/2005-R

Fecha: 29-Jun-2005

la causa de pedir”

Similar razonamiento está contenido en la SC 365/2005-R, que establece que la exposición precisa y clara de los hechos y su calificación jurídica (derechos o garantías supuestamente vulnerados), constituyen lo que en doctrina se llama la causa de pedir”, que contiene dos elementos:1) el elemento fáctico que está referido a los hechos que sirven de fundamento al recurso; 2) el elemento normativo, es decir, los derechos o garantías invocados como lesionados por esos hechos, que deben ser precisados por el recurrente; sin embargo, como en los hechos debe acreditarse el derecho vulnerado, es preciso que exista una relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía. De ahí que el cumplimiento de esta exigencia no se reduce a enumerar artículos, sino a explicar desde el punto de vista causal, cómo esos hechos han lesionado el derecho en cuestión”.