SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0819/2005-R
Fecha: 20-Jul-2005
1)
La autoridad recurrida, María Zulema León Helguero, mediante informe escrito que cursa a fs. 84 señaló que: 1) por su recargado trabajo y por realizar turnos nocturnos, debe expedir requerimientos urgentes, tales como arrestos, aprehensiones, remisión de menores a la brigada, requerimientos a los médicos forenses, trasladarse a levantamientos de cadáveres y con la finalidad de evitar la pérdida de su sello, llevó en algunas oportunidades papel firmado y sellado, por lo que considera que le fue sustraído el papel donde está su firma y sello; 2) la firma y sello en blanco sin contenido no produce efectos jurídicos y no perjudica a las partes, por lo que no se atentó contra los derechos de la recurrente.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- El imputado podrá ejercer todos los derechos y garantías que la Constitución, las Convenciones y los Tratados Internacionales vigentes y este Código le reconozcan, desde el primer acto del proceso hasta su finalización
- APROBAR,