Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0841/2005-R
Fecha: 25-Jul-2005
II.2.
II.2. Por oficio ADD/038/004, de 11 de febrero de 2004, la abogada de la Prefectura, área de discapacidad, solicitó a la Alcaldesa de Cochabamba apoyo para la solución del problema de los afiliados Edmundo Pereyra Vargas y Claudina Colque a raíz de la construcción de casetas tipo en el pasaje Joaquin Zenteno Anaya (fs. 104). Por oficio de 10 de marzo, dirigido al área de discapacidad, Edmundo Pereyra Vargas impetró apoyo para solucionar su problema y recuperar su fuente de trabajo (fs. 105).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- i)
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- la causa de pedir'
- el elemento normativo
- III.2.