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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0841/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0841/2005-R

    Fecha: 25-Jul-2005

    II.4.

    II.4.  Por informe DAL 299/2004, de 8 de marzo de 2004, dirigido a la Alcaldesa de Cochabamba, la abogada de la Dirección de Asesoria Legal del Gobierno Municipal, sugirió que la Alcaldía no es parte y que se debe acudir a la vía llamada por ley para resolver el problema de doble suscripción de contrato realizado por el ahora recurrente, respecto a los puestos  47 y 33 (fs. 23). 

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Personas recurridas y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • i)
    • a)
    • 1)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • la causa de pedir'
    • el elemento normativo
    • III.2.

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