SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0841/2005-R
Fecha: 25-Jul-2005
la causa de pedir'
En consecuencia los requisitos de contenido son de imprescindible concurrencia para la presentación y admisión de los recursos de amparo constitucional, pues el recurrente que cree que está siendo lesionado un derecho fundamental o garantía constitucional, debe “precisar los derechos y garantías que se consideren restringidos, suprimidos o amenazados”, exponiendo los fundamentos de hecho y derecho que constituyen la causa de la petición (causa petendi) que deben estar conectados y armónicamente formuladas, ” …en síntesis, el elemento fáctico aludido (conjunto de hechos) y su calificación jurídica (derechos o garantías supuestamente violados) constituyen lo que la doctrina denomina genéricamente 'la causa de pedir'; causa de pedir que debe ser claramente precisada y delimitada por el recurrente”.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- i)
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- la causa de pedir'
- el elemento normativo
- III.2.