SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0951/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0951/2005-R

Fecha: 15-Ago-2005

II.6.

II.6.   Por nota de 15 de octubre de 2004 (fs. 137 a 138), el Consejo Consultivo compuesto por los corecurridos, envió a la actora su Resolución, a través de la cual le expresaron que en función a las notas de reconsideración y al buen desempeño académico de las alumnas en conflicto, se les otorga una segunda y última oportunidad a las tres, previo cumplimiento de las siguientes condiciones: a) sometimiento a un examen psicológico para evaluar las aptitudes y pertinencia de la personalidad con el ejercicio de una profesión tan delicada, para en caso de ser favorable, restituir a la alumna a sus actividades académicas, caso contrario, emitir el memorando de cancelación de matrícula; b) reasignación a horarios distintos a cada alumna; c) firma de un compromiso de modificar su conducta; d) cualquier nuevo acto de indisciplina dará lugar a la suspensión irrevocable, revisable y definitiva de la matrícula académica.