SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1016/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1016/2005-R

Fecha: 29-Ago-2005

II.6.

II.6.     El 22 de marzo de 2004, el recurrente solicitó a la Jueza recurrida el desarchivo del expediente y paralelamente se deje sin efecto las medidas precautorias dispuestas (fs. 170), la Jueza recurrida por providencia de 30 de marzo de 2004, rechazó su solicitud en razón de haber declinado competencia, disponiendo que acuda ante las autoridades competentes (fs. 171). A cuyo efecto, el recurrente por memorial de 6 de abril de 2004, solicitó al Fiscal de Materia el desarchivo del expediente y deje sin efecto las medidas precautorias dispuestas, el Fiscal recurrido mediante requerimiento de 12 de abril de 2004, indicando que el asunto se encuentra archivado solicitó a la Jueza recurrida cancele los gravámenes dispuestos (fs. 173), mereciendo la providencia de 14 de abril de 2004, por el que la recurrida mantiene su incompetencia para resolver la solicitud del recurrente (fs. 174).