SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1035/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1035/2005-R

Fecha: 29-Ago-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En el memorial de 10 de noviembre de 2004 (fs. 172 a 180 vta.), los recurrentes afirman que Francisca Sánchez Romero en representación de Inés María Flores Justiniano y Elizabeth Karina Arce Paredes  presentaron querellas contra Hibert Rojas Montaño , Luis Fernando Valdivia, Francisco Vedia Aldana, Fidelia Salas García, Ruth La Fuente, Mirian Bazan, Carlos Saúl Galvis y Arí Joemsuu, Administrador, directores, Trabajadora Social, Profesor, todos del colegio fiscal “Buenas Nuevas” y Presidente de la Misión Sueca Libre en Bolivia, respectivamente, por los delitos de peculado y estafa,  lo cual ha dado lugar a que los acusados restrinjan sus derechos y los de sus hijos, que son alumnos del citado centro educativo.

Relatan que varios de ellos han sido agredidos en forma verbal y física por los nombrados, razón por la cual se han sentado denuncias, pero pese a ello las agresiones se mantienen. Asimismo -continúan- en su función de miembros de la Junta Escolar elegida hasta el 2005, denunciaron los malos manejos y falta de rendición de cuentas, lo que motivó la formación de una Junta Escolar paralela e ilegalmente reconocida por los directores Distrital y Departamental del SEDUCA, que les entregaron credenciales, impidiendo así la realización de una auditoría externa.

Puntualizan que Luis Fernando Mercado Valdivia, firma como ingeniero sin  tener ese título, funge como Director del Ciclo de Secundaria del Colegio “Buenas Nuevas”, sin ser profesor normalista  titulado; empero, sus solicitudes para que dicha persona sea suspendida o destituida no han sido escuchadas, y la Junta Escolar paralela no  dice nada al respecto, se limita a firmar lo que el Administrador o los directores redactan, en usurpación de funciones que no les competen, adecuando su conducta a lo previsto por el art. 31 de la CPE.

Expresan que lograron que las autoridades nacionales, departamentales y distritales de Educación, instruyan al  Administrador General y a los cuatro directores del colegio, que ya fueron suspendidos por Resolución Administrativa (RA) 0909/2004 por dichos cobros aunque al día siguiente el Director Distrital “borró con el codo lo que escribió con la mano”,  no realicen ningún cobro por concepto de matrículas o mensualidades, pero, tales autoridades no hacen cumplir sus disposiciones, ni aplican sanción alguna, en contra de lo dispuesto por los arts. 112 a 120 del Código del niño, niña y adolescente (CNNA), y ahora se ha llegado al extremo de  rehusarse entregar las libretas o boletines de calificaciones de sus hijos sin el previo pago de las mensualidades impuestas por los demandados mediante los talonarios de cobros obligatorios de mensualidades, puesto que se exige el pago de Bs20.- mensual en el ciclo primario, Bs35.- de séptimo a segundo de secundaria, y Bs30.- en tercero y cuarto de secundaria. Remarcan que: “un convenio jamás puede ni debe estar por encima de nuestra Constitución Política del Estado”, y en caso de conflicto en su aplicación se debe dar cumplimiento a los arts. 177, 228 y 229 de la CPE, concordantes con los arts. 112 al 120 del CNNA dado que la educación fiscal es gratuita y obligatoria, hecho que se suma, que los profesores son pagados por el gobierno central, y los servicios de luz, eléctrica, teléfono, caja chica, desayuno escolar, y otros, son cubiertos por el Gobierno Municipal, de manera que no se justifica el cobro de $us92.- anuales por matrículas y mensualidades.

Manifiestan que María del Carmen Algarañaz, Adelita Rojas, Walter Álvarez, Wilfredo Mansilla y Raúl Ayala han firmado un voto resolutivo declarándolos personas no gratas y han prohibido su ingreso al colegio, sin considerar que son padres de familia y tienen derecho a seguir el progreso de sus hijos, alumnos del establecimiento.

Agregan que los recurridos no cumplen las instrucciones y comunicaciones internas de la Dirección Distrital y del Ministerio de Educación que han prohibido los cobros en colegios fiscales y de convenio, pues se ha llegado al extremo del chantaje y coacción, han amenazado a sus hijos con no inscribirles al grado superior ni al “Kinde”r, y al menor Robin Ichu Ríos, sólo porque su madre ha apoyado el enjuiciamiento de los que han incurrido en malos manejos económicos, no le  dejaron ingresar durante tres días al colegio si no llevaba un vidrio de ventana que se rompió  en las prácticas deportivas.