SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0063/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0063/2005

Fecha: 19-Sep-2005

II.5.

II.5.  Por Auto Supremo 485, de 1 de septiembre de 2004 (fs. 71 y vta.), la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del Ministro Armando Villafuerte Claros, Presidente de la Sala Civil Primera convocado al efecto, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declaró admisible el recurso de casación, disponiendo que por Secretaria se ponga en conocimiento de las Salas penales de las cortes de justicia las piezas procesales correspondientes (fs. 73 y vta.); Auto Supremo con el que se notificó legalmente al Fiscal General el 17 del mismo mes y a las demás partes el 20 de septiembre (fs. 72).