Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0063/2005
Fecha: 19-Sep-2005
II.7.
II.7. Por Auto de 14 de febrero de 2005 (fs. 76), la Ministra de la Sala Penal Segunda Rosario Canedo Justiniano ante la excusa del Presidente de la Sala Civil Primera Armando Villafuerte Claros, convocó a la Ministra de la Sala Penal Primera, Beatriz Sandoval de Capobianco para intervenir en la resolución de la causa 167/04-NCPP, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Mateo Navarro Quiroga contra Ruth Sonia Aldunate Allende.
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- I.3 Alegaciones de las autoridades recurridas
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1)
- III.2.
- que no bastaba que la una norma procesal establezca el término dentro del cual debe dictarse una resolución para que, en caso de incumplimiento, la misma sea nula ipso jure;
- Admitido el recurso, sin más trámite y dentro de los diez días siguientes, la Sala penal de la Corte Suprema de Justicia dictará resolución
- III.3.
- INFUNDADO