Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1092/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
a)
a) Las autoridades recurridas no conculcaron ningún precepto constitucional, ni lesionaron los derechos y garantías de la representada del actor, pues las resoluciones dictadas se ajustan a las disposiciones legales y los tribunales de justicia al haber dispuesto la incautación del vehículo procedieron legal y correctamente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- hasta antes de dictarse sentencia
- que no fueron objeto de devolución con motivo del incidente sustanciado ante el juez de la instrucción”
- III.3.
- Fragmento 19
- III.4.