Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1092/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
II.2.
II.2. Por Auto de 19 de agosto de 2003, el recurrido juez de Instrucción ratificó la incautación ordenada por Auto de 5 de diciembre de 2002, con los siguientes argumentos: a) las fotocopias simples presentadas no cumplen con los requisitos legales exigidos por el art. 1311 del CC por lo que no está acreditado el derecho propietario, pues no se adjunta su inscripción ni el carné de propiedad en original; b) no se acredita el pago de impuestos fiscales respecto a la transferencia del vehículo. El 25 de agosto de 2003 (fs. 25-26) el actor apeló esa determinación.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- hasta antes de dictarse sentencia
- que no fueron objeto de devolución con motivo del incidente sustanciado ante el juez de la instrucción”
- III.3.
- Fragmento 19
- III.4.