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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1130/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1130/2005-R

    Fecha: 16-Sep-2005

    APROBAR

    El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 19.IV, 120.7ª CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve: APROBAR la Sentencia de 23 de febrero de 2005, cursante de fs. 190 a 194 vta., pronunciada por el Juez Primero de Partido Mixto Liquidador de Yacuiba del Distrito Judicial de Tarija.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1.
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • a)
    • i)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución.
    • ,
    • III.2.
    • III.3.
    • APROBAR

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