Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1130/2005-R
Fecha: 16-Sep-2005
II.8.
II.8. Por memorial de 26 de noviembre de 2005, el recurrente denunció al Gerente de la Aduana Nacional, la retardación en la administración Aduanera de Yacuiba y de Tarija, en la tramitación de su solicitud de nacionalización y pidió su autorización expresa para la conclusión del trámite de nacionalización de su vehículo (fs. 61-62).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1.
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución.
- ,
- III.2.
- III.3.
- APROBAR