SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0001/2006
Fecha: 05-Ene-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente impugna la RA 12983, de 1 de julio de 2005, dictada por los recurridos para sancionar a la empresa AMASZONAS S.A. por la suspensión de un vuelo de itinerario y la realización de un vuelo charter; porque -a decir suyo- fue emitida usurpando la competencia de la Superintendencia de Transporte, ya que la Dirección General de Aeronáutica Civil sólo es la autoridad aeronáutica técnico-operativa, siendo atribución de la referida Superintendencia regular y garantizar el servicio de transporte aéreo y por tanto el itinerario. En consecuencia, corresponde analizar lo planteado y resolver si los recurridos al emitir la Resolución impugnada incurrieron en los presupuestos del art. 31 de la CPE y 79.II de la LTC, a fin de declarar fundado o infundado el recurso.
- recurso directo de nulidad
- a)
- b)
- c)
- d)
- admitió
- I.3. Alegaciones de las autoridades recurridas
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4. La
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- -
- III.3.
- la regulación del servicio de transporte aéreo es competencia de la Superintendencia de Transportes
- art. 121 de la LACB
- h) Procesar infracciones, aplicar multas y sanciones
- arts. 185 y 187 de la LACB, establecen que la inobservancia y contravención de dicha Ley, o la comisión de las faltas
- DS 24178,
- Por consiguiente,
- IMPROCEDENTE