Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0091/2006-R
Fecha: 25-Ene-2006
FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente denuncia la vulneración del derecho a la libertad de su representada, aseverando que es menor de 15 años de edad y se encuentra detenida ilegalmente desde la noche del 13 de diciembre de 2005 por órdenes de la fiscal recurrida, sin que exista orden de aprehensión debidamente fundamentada ni justificación alguna, debido a que existiría una denuncia de hurto de celular en su contra. En consecuencia, corresponde revisar si los extremos denunciados son evidentes y si merecen la tutela que brinda el art. 18 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- . El Juez de la Niñez y Adolescencia es el único competente para conocer estos casos en los términos previstos por el presente Código.
- Recibida la denuncia o información fehaciente sobre la comisión de un hecho delictivo, el Fiscal determinará la investigación e informará al Juez dentro de las ocho horas”.
- III.2.
- III.3.