Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0091/2006-R
Fecha: 25-Ene-2006
recurso de hábeas corpus
En revisión, la Resolución de 19 de diciembre de 2005, cursante de fs. 21 a 22, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por René Sauciri Choque en representación sin mandato de Mariela Hurtado Cuellar contra Yolanda Aguilera Lijerón, Fiscal de Materia, alegando la vulneración de su derecho a la libertad.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- . El Juez de la Niñez y Adolescencia es el único competente para conocer estos casos en los términos previstos por el presente Código.
- Recibida la denuncia o información fehaciente sobre la comisión de un hecho delictivo, el Fiscal determinará la investigación e informará al Juez dentro de las ocho horas”.
- III.2.
- III.3.