SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0091/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0091/2006-R

Fecha: 25-Ene-2006

II.2.

II.2. La Fiscal recurrida, en conocimiento de esa denuncia, mediante requerimiento de la misma fecha ordenó el inicio de las investigaciones preliminares, disponiendo se reciban las declaraciones informativas (fs. 10; 11), y al tomar conocimiento de que la denunciada tenía 15 años, emitió requerimiento en la misma fecha disponiendo como medida de seguridad que la menor Mariela Hurtado Cuellar, sea remitida al centro “RENACER”, mientras se haga conocer a sus padres y/o responsables sobre su situación y se continúen con las investigaciones iniciadas en su contra (fs. 12),  fundamentando esa decisión en la presunción de minoridad de la adolescente y porque trabajaba en un billar y local nocturno y tenía un familiar pero no conocía su domicilio, y ante la inseguridad de dejarla en horas de la noche y a expensas del denunciante que exigía le devuelva su dinero (fs. 12), siendo trasladada la menor a ese centro ese mismo día (fs. 13).