SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0996/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0996/2006-R

Fecha: 09-Oct-2006

a)

Las autoridades recurridas, adjuntando el informe de fs. 166 a 167 vta., señalaron lo que sigue: a) en ningún momento y bajo ninguna circunstancia cometieron ningún acto u omisión indebida, que restrinja o suprima los derechos y garantías del recurrente; toda vez que el Tribunal Disciplinario siguió debido proceso disciplinario regido a la Constitución Política del Estado, Leyes y demás normativa, aplicando el Tribunal de primera instancia, la sanción de destitución del cargo al recurrente conforme establece el art. 13 inc. c) del Reglamento de Faltas y Sanciones del Magisterio, tal como se evidencia del Auto Final del sumario; b) elevado el expediente en revisión ante el Director del SEDUCA, conforme establece el art. 31 del DS 23968, éste conjuntamente el Asesor Legal, dictaron el Auto de 28 de julio de 2005, que modificó la sanción muy grave por una sanción grave consistente en el descenso a un cargo inferior conforme estable el art. 13 inc. b) del Reglamento de Faltas y Sanciones del Magisterio; sin embargo, el ahora recurrente interpone el presente recurso con la intención de proteger y esconder hechos temerarios cometidos en la Unidad Educativa Villa Bolivia turno de la tarde, donde ejerce el cargo de Director, donde incluso actualmente sigue percibiendo haberes, tal como se evidencia de la Certificación de Planilla del SEDUCA y Dirección Distrital adjunta; c) en los Autos de primera y segunda instancia, se evidencia expresamente con plena claridad la tipicidad de falta grave establecida en el inc. k) del art. 10 del Reglamento de Faltas y Sanciones del Magisterio y, sancionado con el art. 13 inc. b) del mismo Reglamento, es más el recurrente hizo uso de su derecho irrenunciable a la defensa asistido de su abogado, por lo que no existe indefensión; d) no cometieron ningún acto ilegal ni omisión indebida, por lo que solicitan se declare improcedente el presente recurso, con costas y sanciones correspondientes.