Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0996/2006-R
Fecha: 09-Oct-2006
II.1.
II.1. El 11 de febrero de 2005, el Tribunal Disciplinario del Distrito de Educación I dirigido por Arminda Méndez Mendoza, Directora Distrital de Educación I, dispuso el traslado de Juan de Dios Felipe Sevilla Céspedes, Director de la Unidad Educativa “Villa Bolivia” turno de la tarde -ahora recurrente- a la Unidad Educativa San Martín turno de la tarde, anunciándole la apertura de proceso disciplinario (fs. 95).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- toda actividad sancionadora del Estado, sea en el ámbito jurisdiccional o administrativo, debe ser impuesta previo proceso
- y en su caso hacer uso efectivo de los recursos que la ley le franquea.
- los directores de unidad educativa o de núcleo
- instaure proceso administrativo
- "Conformar
- la composición del Tribunal Disciplinario
- III.3.
- procedió a sancionar al ahora recurrente sin previo proceso;
- APRUEBA