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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0996/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0996/2006-R

    Fecha: 09-Oct-2006

    II.3.

    II.3. Por memorial presentado el 22 de febrero de 2005, el ahora recurrente insistió al Tribunal Disciplinario de la Dirección Distrital de Educación I, se le restituya a su fuente de trabajo, reiterando además se le extienda una fotocopia legalizada de la supuesta denuncia para ponerse a derecho (fs. 5; 7), sin merecer respuesta a su solicitud.

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.8.
    • II.9.
    • III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • toda actividad sancionadora del Estado, sea en el ámbito jurisdiccional o administrativo, debe ser impuesta previo proceso
    • y en su caso hacer uso efectivo de los recursos que la ley le franquea.
    • los directores de unidad educativa o de núcleo
    • instaure proceso administrativo
    • "Conformar
    • la composición del Tribunal Disciplinario
    • III.3.
    • procedió a sancionar al ahora recurrente sin previo proceso;
    • APRUEBA

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