Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1049/2006-R
Fecha: 20-Oct-2006
apelación
Tramitada nuevamente la oposición, fue rechazada por Auto de 5 de junio de 2002 (fs. 335 y vta.). Por tercera vez, la representada del recurrente interpuso apelación (fs. 338 a 341 y vta.), que, luego de absuelto el traslado, mediante decreto de 4 de octubre de 2003 (fs. 346 vta.) fue declarada desierta al no haber la representada del recurrente provisto los recaudos necesarios para su tramitación.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- “denegó”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- apelación
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de subsidiariedad del amparo constitucional
- previamente agote los medios ordinarios
- SC 1337/2003-R
- Fragmento 18
- si bien
- III.3. En cuanto al incidente de nulidad de obrados
- no es un recurso casacional
- III.4. Con relación a las medidas cautelares dispuestas por el Tribunal de amparo
- APRUEBA