Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1090/2006-R
Fecha: 30-Oct-2006
II.2.
II.2. El 12 de diciembre de 2005, la Comisión Regional de Admisión publicó las “Notas de examen para ingreso a Residencias Médicas” en cuyo contenido, en la línea correspondiente a la cédula de identidad 3792890 figura la nota 82 (fs. 6); el 13 de diciembre de 2005, en las listas de notas publicadas por especialidad: Oftalmología, a la cédula de identidad 3792890 se le tiene asignada la nota de 94 (fs. 4) y en Medicina Familiar figura, entre otros, la cédula de identidad 3112293 con la nota 82 (fs. 55).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- 1)
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- deben observarse inexcusablemente en la presentación de todo recurso de esta naturaleza, dando lugar su omisión al rechazo del recurso
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- 2º