SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1112/2006-R
Fecha: 01-Nov-2006
Fragmento 13
En el caso objeto de revisión, se tiene evidencia que por memorial presentado a horas 10:00 del 16 de enero de 2006, los recurrentes objetaron el instructivo 003/06 -por el cual, el Fiscal de Distrito de La Paz instruyó a los recurrentes a presentarse el 16 de enero, a horas 10:00, para rendir los exámenes del concurso interno de acceso a la categoría de Fiscales de Materia, según el cronograma de evaluación allí adjunto-, pidiendo sea dejado sin efecto, lo que se desestimó por Resolución del Fiscal de Distrito del mismo día. Igualmente, en el memorial presentado el mismo 16 de enero de 2006 a horas 10:17, los recurrentes solicitaron al Tribunal de Concurso, la prórroga de los exámenes, lo que fue deferido por Resolución de la misma fecha, “hasta en tanto se conozca la decisión del Fiscal General de la República respecto a la objeción planteada”, autoridad máxima del Ministerio Público que, a través de la Resolución 007/2006, de 16 de enero, ratificó la determinación desestimatoria de la objeción de los recurrentes.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el agraviado debe acusar el acto indebido o ilegal constituido ya sea en un acto procesal o en una resolución ante la instancia última,
- Fragmento 13
- en todas ellas participó el Fiscal General de la República,
- SC 1337/2003-R, de 15 de septiembre,
- En la especie
- “concede”
- APRUEBA