SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1112/2006-R
Fecha: 01-Nov-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes arguyen que los recurridos no les notificaron en forma oportuna y personal con el cronograma de los exámenes que deben rendir, dentro del proceso de institucionalización del Ministerio Público, para optar a los cargos de Fiscales de Materia, y no obstante haberse presentado y solicitado la prórroga de la prueba y la suspensión del proceso de evaluación, a más de denegar sus pedidos, han labrado un acta en el que expresan que no asistieron a dicho examen, lo que es falso, con todo lo que han violentado sus derechos a la igualdad, a la seguridad jurídica, al trabajo, y la garantía del debido proceso. Corresponde establecer, en revisión, si en este caso es posible otorgar la tutela impetrada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el agraviado debe acusar el acto indebido o ilegal constituido ya sea en un acto procesal o en una resolución ante la instancia última,
- Fragmento 13
- en todas ellas participó el Fiscal General de la República,
- SC 1337/2003-R, de 15 de septiembre,
- En la especie
- “concede”
- APRUEBA