Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1189/2006-R
Fecha: 28-Nov-2006
II.3.
II.3. El 18 de noviembre de 2005, los Vocales recurridos emitieron Auto de Vista confirmando la Sentencia de 15 de octubre de 2005 (fs. 14 y vta.), Resolución con la que se notificó a la recurrente el 22 de noviembre de 2005 mediante copia de ley en tablero de notificación de la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba (fs. 14 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación del recurso
- i)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- la notificación, no está dirigida a cumplir una formalidad procesal en si misma, sino a asegurar que la determinación judicial objeto de la misma sea conocida efectivamente por el destinatario
- la notificación con el Auto de Vista se efectuará en el domicilio procesal señalado por las partes a tiempo de apersonarse ante el Tribunal de apelación;
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- 2º