SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1214/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1214/2006-R

Fecha: 01-Dic-2006

1)

El abogado del recurrente ratificó el recurso, añadiendo que: 1) su defendido es tan pobre que no pudo interponer los recursos pertinentes por lo que no fue oído por ninguno de los magistrados; 2) el Tribunal Constitucional no puede legislar y decir que  una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada puede ser revisada en el plazo de seis meses; 3) su defendido fue sancionado a doce años de presidio por un delito que no ha cometido; 4) su cliente no puede purgar una pena que no le corresponde.