SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1243/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1243/2006-R

Fecha: 08-Dic-2006

denegando

Concluida la audiencia, el Tribunal del recurso dictó Resolución denegando el amparo constitucional, con los siguientes fundamentos: i) el art. 67 de la LAC establece claramente que la resolución de anulación, dentro de un procedimiento arbitral, no admite recurso alguno, por lo que no resulta viable la interposición de la presente acción extraordinaria, toda vez que el Tribunal de amparo constitucional no puede constituirse en otra autoridad paralela para declarar la nulidad del Laudo Arbitral, de su Auto Complementario y de la Resolución del Juez planteadas por el recurrente, pues no puede constituirse en un Tribunal de casación sobre un recurso que no se encuentra previsto por ley; y ii) no se evidencia que se hubiesen vulnerado los derechos fundamentales invocados por el recurrente, de lo que resulta que no puede otorgarse la protección y tutela jurídica a favor de UNABANA, toda vez que la Resolución y el Auto Complementario emitidos por el Juez recurrido se encuentran suficientemente fundamentados, con análisis y valoración de todos los antecedentes del procedimiento arbitral, definiendo expresamente que no concurre ninguna de las causales de anulación del Laudo Arbitral previstas por el art. 63 de la LAC y de esa manera dicha autoridad decidió con criterio propio y prudente el recurso puesto a su conocimiento de conformidad a lo dispuesto por el art. 66 de la LAC.