SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1284/2006-R
Fecha: 14-Dic-2006
recurso
En revisión la Resolución de 27 de marzo de 2006, cursante de fs. 83 a 85 vta., pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Julio Luis Terán Villegas en representación de la Empresa Consultora Boliviana de Proyectos S.R.L. contra Dionisio Romero Flores, René Ordoñez Fernández y María Inés Leytón de la Quintana, Vocales de la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí y, María Cristina Montesinos Rodríguez, Jueza Coactiva Fiscal y Tributaria del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración del derecho a la defensa, previsto en el art. 16.II de la Constitución Política del Estado (CPE) e “indebido proceso”(sic).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- la indebida interpretación de la norma
- III.1.
- derecho a la defensa
- Este derecho se halla íntimamente ligado al derecho al debido proceso
- III.2.
- los requisitos para la interpretación de la legalidad ordinaria
- el actor, en su recurso, no debe limitarse a hacer un relato de los hechos, sino que debe explicar no sólo por qué considera que la interpretación no es razonable, sino también cómo esa labor interpretativa vulneró sus derechos y garantías
- III.3.
- III.4.
- el Auto de Vista data de 17 de septiembre de 2005, habiendo transcurrido desde aquella fecha más de 6 meses
- APRUEBA