Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0133/2006-R
Fecha: 06-Feb-2006
recurso de hábeas corpus
En revisión la Resolución de 15 de noviembre de 2005, cursante de fs. 165 a 166, pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia en lo Penal y Liquidador de las Provincias Eduardo Avaroa, Ladislao Cabrera y Sebastián Pagador con asiento en Challapata del Distrito Judicial de Oruro dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Ubaldo Gabriel Barrios contra Lindón Requena Johnson, Fiscal adjunto de Challapata y Germán López Flores, Juez Instructor cautelar de esa localidad, alegando la vulneración de sus derechos a la libertad y a la defensa, previstos en los art. 9.I y 16.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- y no acudir directamente o de manera simultánea a la justicia constitucional a través del recurso de hábeas corpus, garantía que podrá ser utilizada sólo cuando el tribunal superior en grado no haya reparado las lesiones denunciadas.(…)”